Ley de Protección de Datos

COLEXIO OFICIAL DE DESEÑADORES DE INTERIOR/DECORADORES DE GALICIA.

Anuncio de la disposición por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal del colegio.

Acuerdo con la Junta de Gobierno de 28 de Enero de 2011 que aprueba por unanimidad la disposición de la creación del fichero automatizado de datos de carácter personal del Colexio Oficial de Deseñadores de Interior/Decoradores de Galicia y dispone de su remisión al Diario Oficial de Galicia para su publicación, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante LOPD).

Artículo 1º – Creación de fichero.

Se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal de colegiados, recogido en la presente disposición.

Artículo 2º – Medidas de seguridad.

El fichero automatizado que se crea en virtud de la presente disposición se adecua a las medidas de seguridad establecidad en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Artículo 3º – Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos.

Las personas afectadas por el fichero automatizado de datos de carácter personal pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante el Colexio Oficial de Deseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

Artículo 4º – Utilización de datos con fines de investigación.

En los casos en los que se necesite utilizar los datos de carácter personal para investigación relacionada con este fichero, se realizará con datos disociados. En caso de que no pudieran disociarse, se solicitará el consentimiento expreso a los afectados para poder utilizar sus datos con este fin.

Artículo 5º – Garantías y seguridad de los datos.

El titular responsable del fichero adoptará las medidas necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal existentes se usen para la finalidad para la que fueron recogidos, y para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en LOPD.

Fichero de colegiados, Sociedades Profesiónales, Quejas y Reclamaciones:

1. Nombre y Descripción del fichero: fichero de colegiados, que contiene los datos relativos a los colegios en el Colexio Oficial de Deseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

2. Organo responsable del fichero: Colexio Oficial de Deseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

3. Servicio o unidad ante los que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colexio Oficial de Deseñadores de Interior/Decoradores de Galicia.

4. Sistema de información al que pertenece el fichero: aplicación informática para la gestión del colegio desarrollada en Access.

5. Datos de carácter personal que se incluirán en el fichero, necesarios para cumplir las finalidades colegiales: nombre y apellidos, NIF, número de colegiado, dirección personal y profesional, números de teléfono, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, email, fotografía, formación y titulaciones, datos académicos, puesto de trabajo, ejercicio profesional, datos bancarios, seguros de responsabilidad civil, autorizaciones administrativas, infracciones, sanciones y penas que se puedan derivar del ejercicio profesional de los colegiados.

6. Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: fichero de colegiados para fines colegiales, descritos en las leyes, estatal y autonómica, de colegios profesionales, y especialmente en los estudios de la corporación, entre otros, la ordenación, en el ámbito de su competencia, del ejercicio de la actividad profesional de los decoradores y diseñadores de interior; la representación y la promoción profesional de sus colegiados y la salvaguarda del buen nombre de la profesión.

7. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: decoradores y diseñadores de interior de la Comunidad Autónoma de Galicia.

8. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: los propios interesados, fuentes accesibles al público (listas de personas pertenecientes a grupos profesionales, diarios y boletines oficiales, medios de comunicación), registros públicos, entidades privadas, administraciones públicas, a través de entrevistas y formularios en soporte papel.

9. Entidades destinatarias de las cesiones previstas y, en su caso, las transferencias internacionales de datos que se prevean a países terceros: no se prevén.

10. Nivel y medidas de seguridad exigibles: nivel medio.

A Coruña, a 15 de enero de 2.011.

Concepción Villa Pérez
Gerente CODIG. Q1500280A

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