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Nueva Ley reguladora del juego de Galicia

El Parlamento de Galicia aprobó la nueva Ley reguladora del juego de Galicia.
Esta ley limita el número de establecimientos que pueden abrirse en Galicia de este tipo, las máquinas ubicadas y establece una distancia mínima de estas salas a los centros educativos.

Entre otras medidas, destacamos las siguientes:

  • Número de máquinas recreativas permitidas en restauración.
    En cuanto a los locales de ocio y restauración, que no son locales de juego pero en los que también se ubican máquinas de este tipo, la norma fija un número máximo de 2 (tanto de grúa como tragamonedas o auxiliares de apuestas, en cada local).
  • Tipo de máquinas recreativas.
    • En bares y locales de ocio solo podrán instalarse máquinas tipo A especial (“tragaperras”) y B (“apuestas”).
    • En bingos y salas de juegos podrán incorporar además las B especiales.
    • En casinos podrán incorporar además las C, aquellas máquinas de azar que no dependen ni de la habilidad ni de las posibilidades de partidas anteriores o posteriores, y que incorporan premios mayores.
  • Limitación del número de establecimientos.
    Dado que la ley limitará el número de establecimientos de juegos -hasta un máximo de 2 casinos, 2 salas adicionales, 12 bingos, 118 salones de juego y 41 tiendas de apuestas-, los nuevos negocios que se podrán abrir serán 15, en concreto una sala adicional, dos bingos, 4 salones de juego y 8 tiendas de apuestas. En cuanto al número de máquinas, se fija un número máximo de 3.600 auxiliares de apuestas y 12.000 tragamonedas.
  • Distancia con centros educativos.
    Ahora la distancia establecida para los locales de juego con respecto a colegios es de 150m lineales, que se ampliará hasta 300m radiales en la nueva ley. Los locales ya existentes dispondrán de 15 años para mantenerse donde están y solo “si quieren hacer un cambio de ubicación tienen que respetar la distancia”.

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