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La Xunta facilitará la conversión de locales vacíos en viviendas

Según el último informe publicado por la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias, existen actualmente en Galicia algo más de ocho mil locales comerciales en desuso y, de éstos, el 63,5 % se encuentran en las siete ciudades. Abocados muchos de ellos al cierre por los efectos de la crisis económica y sanitaria, solo en Santiago existen en torno al medio millar de locales vacíos. El cartel de ‘se alquila’ lleva años colgado en una parte importante, sin que sus propietarios atisben una oportunidad de negocio.

La conversión en vivienda podría ser una salida para algunos de estos locales. Pero la normativa no lo pone hasta ahora fácil porque, entre otras cuestiones, hay que cumplir con unas condiciones determinadas de iluminación, ventilación natural y relación con el exterior.

Bajo la filosofía de que “los tiempos van cambiando y nosotros también tenemos que ir cambiando”, según dijo ayer la conselleira de Vivienda, Ángeles Vázquez, la Xunta se propone ahora modificar las normas de habilitabilidad de la vivienda para facilitar precisamente el cambio de uso del bajo de un inmueble para convertirlo en futura residencia.

Vázquez propuso el cambio ayer durante una reunión del observatorio da Vivenda de Galicia, donde explicó que las modificaciones previstas llegan avaladas por un grupo de trabajo formado por técnicos del Colexio de Arquitectos de Galicia (COAG) y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS).

La propuesta contempla que los ayuntamientos puedan establecer zonas específicas –calles, manzanas o bloques donde, mediante la aprobación de un anexo de habitabilidad, se exima del cumplimiento de las determinaciones relativas a la protección de vistas desde rúas, plazas o espacios públicos.

Vázquez explicó que esto será de aplicación en los municipios con ámbitos afectados por un plan especial de protección del patrimonio, en los núcleos rurales o en zonas de suelo urbano donde existan motivos urbanísticos para hacerlo. En el resto de los ámbitos, precisó, solo se exigirá la protección de vista a dos estancias de cada vivienda. En todo caso, los anexos de habitabilidad precisarán de un informe sectorial del IGVS, que deberá emitirlo en el plazo de un mes desde que se formalice la solicitud.

Estándares de accesibilidad mínimos. Este anexo, además de incluir las condiciones que debe reunir las viviendas para tener consideración de exterior, identificará los espacios, públicos y privados, que podrán ser utilizados para la eliminación y ventilación de las estancias, y los estándares mínimos de accesibilidad.

Esto permitirá, tal y como subrayó Ángeles Vázquez, “dar salida la aquellos locales que por diferentes circunstancias perdieron el uso de bajo comercial, pero tienen las condiciones para convertirse en una vivienda, evitando así tener espacios vacíos en las ciudades y villas”.

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